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Dudas con respecto al régimen fiscal de las donaciones
30.12.10
Hola,
En la Ley 49/2002 en el art.17 habla del régimen fiscal de las donaciones.
En el apartado 1. b) señala que “darán derecho a deducción la Cuotas de afiliación a asociaciones que no se correspondan con el derecho a percibir una prestación presente o futura”.
Se nos plantean dos dudas:
1.- Habla de Asociaciones y no de Fundaciones, las Fundaciones no pueden cobrar cuotas.
2.- Cuando dice prestación presente y futura.
Nuestra Fundación a los donantes suele regalarles una revista y un carnet, donde les hacen descuentos especiales en una serie de tiendas “ortopedias, ópticas, etc…”. Respecto al resto de usuarios es la única ventaja que tienen, tanto para sesiones de rehabilitación, tratamientos, servicios tienen el mismo coste e iguales derechos.
Por lo que nos planteamos la duda de si esas aportaciones son donaciones o no, si deberíamos incluirlas en el modelo 182 y en caso negativo, que se considerarían.
Gracias.
Un saludo