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Celebramos en breve la Asamblea General y nos gustaría saber si la delegación de voto enviada por mail es legal
23.03.15
Hola,
Tenemos que celebrar proximamente la Asamblea General y nos preguntamos si la delegación de voto enviada por correo electrónico tiene valudez legal.
Espero respuesta. Gracias
Respuestas
Opinión anónima
09.04.15
Para que un documento se considere válido, debe tener unos requisitos formales que identifiquen a la persona claramente y que hagan suponer su veracidad.
En el pasado, se requería un documento, con la firma original de la persona que delegaba el voto. Hoy día se tiende a considerar que el correo electrónico identifica a la persona, y cada vez más se aceptan en cuestiones no relacionadas con la Administración Pública, documentos enviados por este medio.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que en el muindo de las asociaciones y del Tercer Sector en general se debe favorecer la participación y por ello no se deben poner trabas que lo impidan.
Entonces, yo establecería los siguientes requisitos:
1. La delegación de voto debe estar contemplada en los Estatutos. Si no se contempla, creo que no se debe utilizar.
2. En la convocatoria de la Asamblea General debe informarse de esta posibilidad, indicando el plazo para enviarla
3. La delegación de voto debe enviarse desde el correo electrónico PERSONAL de la persona que delega.
4. El destinatario debe ser la presidencia de la asociación
5. La asociación debe confirmar por teléfono, o por cualquier otro medio, con el interesado la veracidad de la delegación, así como la aceptación de la misma.
6. Sólo admitiría una delegación por persona, esto es, nada de pucherazo, y que una persona reciba 50 delegaciones de voto.
7. En la Asamblea, se comprobará que el que delega no está presente.
8. Al comienzo de la Asamblea se citará, por transparencia, las delegaciones de voto existentes y las personas que las ostenten.
Espero haberte ayudado. Ánimo y adelante!