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Consulta formulada por:
Aplazar asamblea de socios
18.07.21
Buenas tardes,
Teníamos una asamblea para el día 17 de julio a las 10:30 h y el día 16 envían un whatsapp aplazando la asamblea para el día 24. Motivo: que el secretario en funciones de la asociación no puede asistir. Los socios decidimos continuar con la asamblea el mismo día y la misma hora en la que estaba prevista. Mi pregunta es, ¿es válida la asamblea? ¿O, por el contrario, debemos asistir a la aplazada?
Muchas gracias
Respuestas
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
19.07.21
Hola Fernando
Paso a comentarte lo que dice la normativa:
La Ley de Asociaciones en su Artículo 12. Régimen interno establece lo siguiente:
Si los Estatutos no lo disponen de otro modo, el régimen interno de las asociaciones será el siguiente:
a) Las facultades del órgano de representación se extenderán, con carácter general, a todos los actos propios de las finalidades de la asociación, siempre que no requieran, conforme a los Estatutos, autorización expresa de la Asamblea General.
c) La Asamblea General se constituirá válidamente, previa convocatoria efectuada- quince días antes de la reunión, cuando concurran a ella, presentes o representados, un tercio de los asociados, y su presidente y su secretario serán designados al inicio de la reunión.
No se que regulan vustros estatutos sobre como proceder ante la ausencia del secretario. Lo óptimo hubiera sido haber nombrado por votación de los asistentes un secretario específicamente para esa sesión ante la falta del mismo así tendriais la firmas necesarias para legalizar el acta.
Saludos
Teresa Ferraz
Aportada por:
Facilitadora en implantación de sistemas de calidad y elaboración de proyectos.Asesoría colaborativa y recursos formativos en www.conlaborsocial.com
Trabaja en:
Asesor particular
19.07.21
Buenos días Fernando, como bien dice Teresa, lo primero que debéis hacer es revisar los estatutos. Si ya lo habéis hecho y no hay ninguna referencia a ello, entonces, mejor seguir el artículo 12 para que las decisiones que adoptéis no sean impugnadas.
Si ya la habéis celebrado, os queda cotejar:
1- Que estuvísteis al menos un tercio de los socios. ( y que estaban todos avisados)
2- Que se realizó un acta y fue formada por el presidente y el secretario (nombrados en esa asamblea)
3- Que se convocó a todos los socios con quince días de antelación.
Si alguno de estos puntos no los pudísteis cumplir, creo que sería sensato asistir a la aplazada, para evitar controversias que pueden llevar a malos tragos.
No obstante, no estaría de más que en esa asamblea aplazada, dejárais constar en acta, vuestra forma de proceder y quizás solicitar que se modifique el reglamento interno para evitar similares situaciones futuras.
Mucha suerte
Un abrazo
Respuesta del participante:
19.07.21
Muchas gracias a Teresa y Nieves, me ha quedado muy claro. Un saludo