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Consulta formulada por:
Tres de los cuatro miembros de la Junta han dimitido ¿Quién tiene actualmente poderes de convocatoria y toma de decisiones?
02.02.17
Hola,
Pertenezco a una asociación de enfermos, regulada por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo y los correspondientes estatutos.
En la Asamblea General de fecha 21 de enero fue proclamada la nueva Junta Directiva, y el día 25 (4 días después de la Asamblea), tres, de los cuatro miembros de la nueva Junta Directiva, de forma irrevocable, presentan su dimisión.
¿Qué se puede hacer ante esta situación? ¿Quién tiene los poderes de convocatoria y toma de decisiones en el momento actual?
Incluyo el Artículo 7 de los Estatutos.
_Artículo 7 de los Estatutos.
Cese de los miembros de la Junta Directiva.
Estos podrán causar baja por renuncia voluntaria comunicada por escrito a la Junta Directiva, por incumplimiento de las obligaciones que tuvieran encomendadas y por expiración del mandato.
Los miembros de la Junta Directiva que hubieran agotado el plazo para el cual fueron elegidos, continuaran ostentando sus cargos hasta el momento en que se
produzca la aceptación de los que les sustituyan._
Muchas gracias.
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