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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Paqui Raya

¿Existe alguna normativa que desaconseje la aplicación de temas religiosos en el logo de una asociación que no tiene tal carácter?

18.07.17

Hola,

Soy la Trabajadora Social de la Fundación Canaria Contra La Leucemia Alejandro Da Silva. Nuestra duda es la siguiente.

En nuestro logo, aparece el perfil de Alejandro da Silva, paciente que falleció de leucemia y que a partir de ahí, sus padres se movilizaron para crea una fundación de ayuda a pacientes y familiares. Fue constituida en 1980 y desde entonces atendemos a todos los pacientes oncohematológicos en Canarias.

En la última reunión de Comisión de Gobierno, se ha querido rediseñar el logo, modernizarlo, conserva el perfil pero se eliminó la contra-cara donde aparece una a, en mayúscula y algo curvada.

El padre de Alejandro da Silva argumenta que esa A simboliza la A de alejandro y el manto y cara de Cristo.

Este dato es algo desconocido por todos los patronos. Consideramos que una Fundación que atiende a todos los pacientes de leucemia, sin importar credo o fe lleve connotaciones cristianas ya que nuestro objetivo fundacional es la calidad de vida del enfermo de leucemia y su familia.

Nos gustaría conocer la normativa que explica que no es conveniente que una explicación religiosa en el origen del logo no es aconsejable, más cuando no es el fin de la entidad.

Del mismo modo nos gustaría conocer qué normativa existe en la que tengamos respaldo para justificar que no debe haber connotaciones religiosas en una fundación que lucha contra la leucemia ya que nuestro objetivo no está vinculado con la fe cristiana.

Muchísimas gracias por su ayuda
En espera de su respuesta.
Reciba un cordial saludo
Paqui Raya
Trabajadora social
Colg. nº 652

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