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Consulta formulada por:
¿Tendrían validez legal las Asambleas generales o reuniones de la Junta Directiva si son realizadas a través de chat o videoconferencia?
26.11.04
¿Tendrían validez legal las Asambleas generales o reuniones de la Junta Directiva si son realizadas de manera “virtual”, a través de chat o videoconferencia?.
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
29.11.04
Con respecto a la Asamblea General, la Ley Orgánica 1/2002 que regula el derecho de asociación, en su artículo 12 referido al régimen interno de las mismas, utiliza el concepto de “presentes o representados” para referirse a las personas que válidamente pueden constituirla.
Hoy por hoy no se ha regulado la posibilidad de realizar Asambleas Generales a través de medios telemáticos. Probablemente esto llegará a producirse, del mismo modo que en otros campos, en el judicial por ejemplo, ya se esta llevando a cabo.
En lo que respecta a las Asociaciones esto no es así, por lo que de momento los acuerdos tomados del modo al que se refiere la pregunta no tendrían validez.
Respecto a la Junta directiva, entiendo que si sería posible en la medida que lo autorizasen los estatutos.