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Consultas Online

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Consulta formulada por:

MIchela De Marchi

¿Qué documentos debe presentar anualmente una ONG no declarada de utilidad pública?

04.07.12

Hola, en el 2008 fundamos una asociación. El funcionario del registro nos indicó que no era necesario que presentáramos las cuentas anuales porque no tenemos la declaración de utilidad pública. Por lo tanto, desde el año de creación no hemos presentado las cuentas. Queríamos saber, ¿qué documentos debemos presentar anualmente al Estado? ¿Debemos informarle que nuestra ONG sigue activa?

Gracias,
Michela

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

06.07.12

Efecticamente, las asociaciones no declaradas de utilidad pública no deben presentar sus cuentas anuales en el Registro de Asociaciones. Lo anterior no evita que sí deban aprobarse las citadas cuentas anualmente por la asamblea general de la asociación (balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria). En cuanto a los documentos que deben presentarse anualmente al Estado, dependerá del tipo de actividad que desarrolle la Asociación; así, si se desarrolla alguna actividad económica, deberá presentarse declaración del Impuesto sobre Sociedades; si la actividad económica está sujeta a IVA, declaraciones de IVA... En conclusión, vuestras obligaciones, fiscales (y de otra índole) dependerán del tipo de actividad que desarrolléis.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.
Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Respuesta del participante:

MIchela De Marchi

06.07.12

Buenos dias Juan,
gracias por su respuesta. La asociacion es sin animo de lucro y utiliza las donaciones de los miembros o de las personas que quieran participar en el proyecto para apoyar proyectos de desarrollo en Senegal. Los proyectos son sin animo de lucro. que documentos se tienen que presentar en este caso?
Si se deben aprobar las citadas cuentas anualmente por la asamblea general de la asociación (balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria), a quien se deben presentar?

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#3

Aportada por:

Soledad Calderón

Licenciada en derecho y experta en asociaciones y voluntariado

Trabaja en:

Asesor particular

06.07.12

Hola. Las obligaciones de presentación de cuentas, memorias, etc. son de la junta directiva (cargos) para con sus personas asociadas. En vuestros estatutos pondrá que en la asamblea general es el lugar donde presentáis todo eso a las personas socias que acudan. Además en el acta quedará recogido también que así se ha hecho. La ley dice que estáis obligadas a llevar los libros actualizados y a presentar las cuentas y memoria a quienes son miembro de la asociación, a nadie más.

Ahora bien, como comentaba mi compañero, si realizáis algún tipo de actividad que conlleva presentación ante una admimistración pues tendréis que cumplir con ello. Este sería el caso de las asociaciones declaradas de utilidad pública y el de otras no declaradas así pero que hagan cosas como las que se señalaban en el mensaje anterior.

Según lo que comentas vuestra financiación es a través de donativos. En ese caso no tenéis que presentar nada. Si fuérais declarada de utilidad pública tendríais que hacer certificados de las donaciones para que pudieran tener desgravación fiscal. Si pidíerais una subvención tendríais que presentar la justificación de la subvención. Y así dependiendo de qué hagais, tendréis obligación de presentar una serie de cosas u otras.

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