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Consulta formulada por:
¿Cuánto tiempo se deben guardar las facturas de una subvención pública?
17.08.16
¿Cuánto tiempo se deben guardar las facturas de una subvención pública? ¿Deben guardarse 5 años?
Muchas gracias
Respuestas
Opinión anónima
24.08.16
Salvo mejor opinión, según lo que establece el vigente Código de Comercio en su artículo 30, el plazo será de seis años. Con independencia de la posible desaparición de la entidad antes de que transcurra dicho plazo.
“Artículo 30.
1. Los empresarios conservarán los libros, correspondencia, documentación y justificantes concernientes a su negocio, debidamente ordenados, durante seis años, a partir del último asiento realizado en los libros, salvo lo que se establezca por disposiciones generales o especiales.
2. El cese del empresario en el ejercicio de sus actividades no le exime del deber a que se refiere el párrafo anterior y si hubiese fallecido recaerá sobre sus herederos. En caso de disolución de sociedades, serán sus liquidadores los obligados a cumplir lo prevenido en dicho párrafo.” (sic)
Espero que les resulte de utilidad.