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¿Cómo se hacen los poderes de una persona y su bastanteo?
22.04.04
Hemos solicitado el mes pasado una subvención para realizar unos cursos en una convocatoria del IMEFE. En la documentación nos piden “poderes” de la persona que la solicita, que soy yo, el presidente de la asociación, y “bastanteo” de esos poderes.
Es la primera vez que solicitamos algo así y no entregamos estos documentos.
Ahora nos dan 10 días para entregarlos y no sabemos cómo hacerlos. Nos han dicho en el IMEFE que los poderes se hacen ante notario y el bastanteo en el Ayuntamiento o en la Comunidad, pero tampoco ellos lo sabían. ¿Cómo se hacen?. Por otra parte, en 10 días parece que no tendremos tiempo suficiente para conseguirlos. ¿Podríamos agilizarlo de alguna manera?
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
27.04.04
En principio entiendo que habria que ver los Estatutos de la Asociacion para comprobar que estos no prohiben expresamente delegar facultades en uno de sus miembros (en este caso del Presidente) o si en otro caso, necesita de autorización previa de la asamblea general. De ser así, necesitará un certificado del secretario que certifique dicho acuerdo.
En segundo lugar, debe contartar con una notaria y solicitar que le hagan un poder (al presidente) o bien general o bien especifico (solo para el caso de solicitar la subvencion) tal como se hubiere facultado en la asamblea o en los estatutos, segun los casos.Generalmente en las notarias disponen de modelos de estos poderes para sociedades mercantiles y usted podrá adaptarlos a su necesidad.Visto la celeridad del asunto le aconsejo que hable previamente con algun oficial de la notaria para ir adelantando detalles (nombre del presidente, D.N.I., datos de la asociacion) y aportarle la documentación que necesite para ello. Luego deberá concertar una cita, dia y hora para la firma ante el Sr.Notario.Despues de la firma debería avisar a la notaria de la urgencia del asunto para que le tuvieran el documento y sus copias lo antes posible (en algunos casos se lo pueden tener un rato despues).
A continuacion debe bastantear el poder. Para ello debe dirigirse a alguna institucion publica (Ayuntamiento, comunidad, gobierno civil…) y hablar con el funciorario competente del registro. El acto del bastanteo es gratuito y solo consiste en certificar que, cotejando el original del poder con una copia (o fotocopia en algunos casos), estos son iguales, autentico y veraz.El funcionario le estampará un sello oficial del bastanteo y el acto habrá concluido.Todas estas gestiones entiendo se pueden hacer en un solo día si previamente se han preparado los documentos e informado del lugar publico deonde bastantear el poder.Entiendo que esta gestion no dipone de ninguna otra forma abreviada para agilizar el tramite, porque las gestiones son las que son.
Esta informacion es meramente informativa y dependerá de cada lugar donde se realiza para matizar detalles. Por supuesto, debido a su caracter informativa no es vinculante.Espero que le sea util.
Opinión anónima
27.04.04
De acuerdo con mi compañero Fernando. El bastanteo es una figura que consiste, simplemente, en que un funcionario acredite que el Poder es bastante y suficiente para el trámite para el cual se requiere.-