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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

Cómo realizar gestiones en nombre de una asociación conjuntamente con otra persona sin tener contacto

17.07.15

Hola,

¿Cómo puedo cancelar una cuenta bancaria compartida con otra persona en nombre de la asociación sin tener contacto con la persona en cuestión? ¿Hay algo que me ampare al irme de la asociación?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Francisco Rodríguez

Asesor de gestión, Fundraising y economia social

Trabaja en:

Asesor particular

17.07.15

Buenos dias
Para reponderte mejor te propongo te pongas en contacto con esta gente, puedes decir que llamas de parte de Francisco Rodriguez, ellos te informarán bien
Se llaman Sure, puedes escribir a este correo: oscar@sureservice.es

espero haberte ayudado

un saludo
FRodriguez

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#2

Aportada por:

Marc Masmiquel Mendiara

Diseñador y consultor de proyectos de cooperación

Trabaja en:

Asesor particular

18.07.15

Hola,
Se plantean dos cuestiones, ambas sencillas.

Situación bancaria: Es una situación simple de solucionar. Cada entidad bancaria tiene una serie de condiciones explicitas en un pliego de condiciones que se firma al abrir la cuenta corriente o de ahorro. Comentas que hay una cuenta con titularidad mancomunada, algo usual en entidades sociales o del tercer sector. Grosso modo: si el contrato de apertura fue suscrito por dos personas, para cualquier modificación como lo que planteas hace falta la firma de todos los titulares que mancomunan la cuenta. No necesitan per se estar físicamente las dos personas, lo que tienen que presentarse un escrito donde se explicite la cuestión: “Yo fulano de tal con dni xxxxx en fecha tal pido que se me de de baja de la cuenta xxxxx de la entidad xxxxx”, pero al enmarcarse en un contexto de asociación/entidad cabe seguir el procedimiento que decida la Junta Directiva, y el presidente emita una carta explicitando lo mismo.

Respecto a lo de ampararse en algo al irse de la entidad, los estatutos lo explicitan en el apartados de obligaciones y derechos de cada unos de los miembros de la Junta, en este caso de tesorería, parece ser.

Recapitulando: los estatutos de la entidad dan el marco normativo para que la Junta decida en procedimiento documental. La entidad bancaria es al que os informará de las condiciones contractuales que asumió la entidad al abrir la cuenta corriente. Es un problema muy fácilmente subsanable, y en el banco podrán asesorarte sin problema.

Un saludo cordial, atentamente,
Marc Masmiquel
@marcmasmiquel

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#3

Opinión anónima

21.07.15

Gracias Francisco por tu respuesta, intentaré contactar cuando tenga un huequito.

Gracias Marc. Imagino que debería ser fácil, una vez comunicada la baja como miembro de la asociación y de la junta directiva. El problema es que el presidente no me ha querido quitar de la cuenta, como según dices enviando un escrito al banco. Es por ello necesito otra herramienta. Y si idea, o plan por el momento es ir al banco y conocer su protocolo ante mi baja de la asociación. Muchas gracias a ambos!! Feliz día!!

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#4

Opinión anónima

21.07.15

Gracias Francisco por tu respuesta, intentaré contactar cuando tenga un huequito.

Gracias Marc. Imagino que debería ser fácil, una vez comunicada la baja como miembro de la asociación y de la junta directiva. El problema es que el presidente no me ha querido quitar de la cuenta, como según dices enviando un escrito al banco. Es por ello necesito otra herramienta. Y si idea, o plan por el momento es ir al banco y conocer su protocolo ante mi baja de la asociación. Muchas gracias a ambos!! Feliz día!!

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