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Consultas Online

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Consulta formulada por:

SolucionesONG.org Fundación Hazloposible

¿Sabéis cuanto se tarda en tramitar los documentos para constituir una fundación?¿Qué coste suele tener la creación aparte de la dotación fundacional?

05.12.06

Una fundación en proceso de constitución y que por tanto, no puede registrarse y formular consultas, nos ha hecho llegar esta consulta por email, que os trasladamos a continuación por si pudieras ayudarles a resolverla

Queremos crear una fundación y nos gustaría preguntaros si sabéis el tiempo que se tarda en cursar la tramitación hasta que se realiza la inscripción de la fundación en el registro correspondiente y a cuánto asciende el coste para la creación de la fundación, al margen de la dotación fundacional.

Muchas gracias.

Inma Velasco.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Montse de Paz

Fundación ARSIS

Trabaja en:

Asesor particular

06.12.06

Hola, Gemma.

Para Inma Velasco. Te hablo desde nuestra experiencia, no soy experta en leyes y quizás me dejo algo. Los gastos de constitución, aparte de la dotación fundacional, son básicamente los honorarios del notario y la tasa de inscripción en Hacienda, el ITPAJD (Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados), que no es mucho, no sé si costará unos 20 o 30 euros, no lo recuerdo bien. En cuanto al notario, pues dependerá de cuánto cobre por elevar a pública la escritura de constitución. Ahí no puedo ayudaros, porque a nosotros nos lo hizo gratis. Podéis buscar un notario benefactor que os haga estos trámites sin cargo, como una ayuda.

Otros costes menores serán lo que os suponga en material de papelería, tiempo y desplazamientos daros de alta en Hacienda, abrir una cuenta bancaria, inscribiros en el registro correspondiente…

En cuanto al tiempo. Desde que eleváis a pública la escritura de constitución y la lleváis a registro, hasta que os la devuelven registrada por la administración pueden pasar unos dos o tres meses. También depende de si encuentran un defecto de forma en su redacción, y tenéis que corregir el texto. Esto se puede evitar llevando un borrador de los estatutos a la administración que corresponda, para que lo revisen a ver si es correcto, antes de tirar adelante. En la Asociación Española de Fundaciones también os pueden asesorar en cuanto a la redacción y revisión de los estatutos. A nosotros nos lo hicieron muy bien y nos hicieron caer en matices y añadir puntos que consideramos importantes.

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#2

Aportada por:

Luis Barato Risoto

Técnico de Auditoría y Contabilidad del Ministerio de Hacienda. Licenciado en Derecho

Trabaja en:

Asesor particular

06.12.06

De mi consideración.
Pues creo que no debe llevar demasiado tiempo.
Hay que empezar por elaborar los estatutos. En casi todas las páginas web de Ministerios o Concejerías de las Comunidades Autónomas con competencia en materia de fundaciones, existen modelos standard de estatutos, que pueden servir.
Sin embargo estos modelos son muy generales, y no recogen en consecuencia la casuística coccreta que quiera el fundador o fundadores hacer constar, por lo que puede recurrirse a un abogado que les asesore y redacte sus estatutos “a la carta”. Los honorarios de estos profesionales no deben ser elevados, entendiendo por tales los que se encuentren por debajo de 600€. El tiempo puede oscilar entre 7 y 15 días..

Una vez redactados los entatutos, debe solicitarse ante el Protectorado que, por razón de los fines fundacionales, vaya a resolver el procedimiento, un certificado de denominación, que generalmente se expide en un plazo no superior a 15 días.

Con el certificado de denominación, con el resguardo bancario de haber depositado la dotación fundacional (parcial o total), debe acudirse a un notario para que otorgue la escritura pública de constitución de la fundación. Este trámite no es largo (15 o 20 días).

Una vez otorgada la escritura pública la llevamos a la Administración tributaria de la Comunidad Autónoma para autoliquidar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, autoliquidación ésta que no devenga cuotas, pues las fundaciones están exentas. El trámite se realiza en el día.

Por último, solicitamos al Registro de Fundaciones competente (Estatal o de las Comunidades Autónomas), la inscripción de la fundación en el citado Registro. Este trámite se resuelve en un plazo no superior a 3 meses, por imperativo de la Ley de Procedimiento Administrativo, y siempre que no surjan incidencias que, naturalmente, suspenden el procedimiento hasta que no se resuelvan.

Por tanto, desde que se inicia el proyecto, hasta que se inscriba la fundación pueden transcurrir del orden de 4 a 4 meses y medio, como máximo (suponiendo que la solicitud de denominación se pida nada más comenzar.
Saludos.
luisbarato@wanadoo.es

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#3

Opinión anónima

24.12.06

Estimada Inma:

A título meramente orientativo te comento que el trámite para crear una fundación suele estar entorno a los tres meses. Lo que más puede retrasarlo es la certificación del nombre en el caso de que las denominaciones que propongáis estén ya solicitadas y muy especialmente la inscripción en el registro que puede llevar entre uno o dos meses (y en algunas ocasiones algo más dependiendo del volumen de carga del Registro).

En cuanto al coste es fundamentalmente el del notario; para que te hagas una idea puede oscilar entre los 300 y los 400 euros.

Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

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