20 de julio - ¡Presenta el Impuesto de Sociedades y despeja con nosotrxs tu dudas!
¿Qué entidades sin fines lucrativos deben presentar impuesto sobre sociedades?. ¡Actualizamos el post con un Manual facilitado por la Agencia Tributaria y con dudas ya resueltas!
Imagen por olgaberrios en Flickr
FUNDACIONES
Todas las fundaciones deben de presentar impuesto sobre sociedades. Siempre y sin excepciones. Estén acogidas al régimen especial de entidades sin fines lucrativos o no. Y además, sea cual sea su nivel de ingresos.
> Las acogidas al dicho régimen deberán incorporar junto al IS su memoria.
> Para darse de alta en dicho régimen, será imprescindible darse de alta en el censo de hacienda (impreso 036).
ASOCIACIONES Y OTRAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
Aquí nos encontraremos con dos casos diferenciados. En función de que estén acogidas o no al régimen especial para entidades sin fines lucrativos.
2. a. Entidades acogidas al régimen especial para entidades sin fines lucrativos. Igual que las fundaciones, deberán presentar el IS siempre y sin excepciones. Sea cual sea su nivel de ingresos.
> Deberán incorporar junto al IS su memoria.
Para acogerse a dicho régimen, las asociaciones, por ejemplo, deberán obtener antes la calificación de “utilidad pública”. En cualquier caso, será imprescindible darse de alta en el censo de hacienda (impreso 036)
2. b. Entidades no acogidas al régimen especial para entidades sin fines lucrativos. Aquí nos encontramos con dos situaciones diferenciadas, que van a ir en función de los ingresos de la asociación.
Hacienda pone una serie de límites, de tal manera que las que los sobrepasen deberán presentar IS y las que no los sobrepasen no. Este límite (aunque se puede matizar y ampliar mucho más) está en 100.000 euros de ingresos totales anuales.
De tal manera que:
- Entidades NO acogidas al régimen especial para entidades sin fines lucrativos y que SI sobrepasen el nivel de 100.000 euros de ingresos anuales, SI deberán presentar obligatoriamente IS.
- Entidades NO acogidas al régimen especial para entidades sin fines lucrativos y que NO sobrepasen el nivel de 100.000 euros de ingresos anuales, NO deberán presentar IS.
MÁS INFORMACIÓN
> Manual práctico de sociedades 2011 de la Agencia Tributaria
> Preguntas y dudas de las ONG resueltas sobre el Impuesto de Sociedades
> ¿Tienes más dudas?... ¡envíaselas al equipo asesor voluntario!
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