Saltar al contenido principal

Conoce las funciones del presidente, vicepresidente, tesorero y secretario de una asociación

10.07.17

junta directiva

Nuestra asesora Eva Buades comenta, en este post, qué funciones y responsabilidades deben tener las personas que ocupan estos puestos en tu asociación sin ánimo de lucro. ¡Toma nota!

Nuestra asesora Eva Buades nos recuerda las funciones inherentes a los puestos mencionados.

Presidente

> Representar legalmente a la Asociación ante toda clase de organismos públicos o privados;
> Convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva, así como dirigir las deliberaciones de una y otra;
> Ordenar pagos y autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia;
> Adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación aconseje o en el desarrollo de sus actividades resulte necesaria o conveniente, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.

Vicepresidente
Sustituirá al Presidente en ausencia de éste, motivada por enfermedad o cualquier otra causa, y tendrá las mismas atribuciones que él.

Secretario
> Tendrá a cargo la dirección de los trabajos puramente administrativos de la Asociación
> Expedirá certificaciones, llevará los libros de la asociación que sean legalmente establecidos y el fichero de asociados
> Custodiará la documentación de la entidad, haciendo que se cursen a las comunicaciones sobre designación de Juntas Directivas y demás acuerdos sociales inscribibles a los Registros correspondientes
> Se ocupará de la presentación de las cuentas anuales y el cumplimiento de las obligaciones documentales en los términos que legalmente correspondan.

Tesorero
> Recaudará y custodiará los fondos pertenecientes a la Asociación
> Dará cumplimiento a las órdenes de pago que expida el Presidente.

Eva añade las funciones que tienen los vocales e indica que tendrán las obligaciones propias de su cargo como miembros de la Junta Directiva, y así como las que nazcan de las delegaciones o comisiones de trabajo que la propia Junta las encomiende.

Si quieres más información, puedes visitar la consulta en la que aparecen las respuestas que hemos recogido en este post.

¿Te has quedado con alguna duda? ¡Envíanos tu duda y nuestro Equipo Asesor te responderá! Y si estás creando una entidad sin ánimo de lucro, escríbenos un correo a solucionesong@hazloposible.org.

La imagen es de rawpixel en Pixabay

Trata sobre:

  • Legislación
Compárte en las redes sociales

Comentarios

Publicar comentario

solucionesong.org
Un proyecto de