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Consulta formulada por:
Patrimonio fundacional mínimo de una fundación
30.01.04
Necesitaría saber cuánto debe ser el patrimonio fundacional mínimo en una fundación adscrita al Ministerio de Ciencia y Tecnología y/o al de Cultura, para que se incriba sin problemas.
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
30.01.04
En respuesta a su consulta, le informamos que, conforme a lo prevenido por el artículo 12 de la vigente Ley 50/2002 de Fundaciones, se establece una presunción de suficiencia para la dotación fundacional de 30.000 euros. No obstante, admite una dotación de valor inferior, siempre que el fundador justifique su suficiencia para los fines fundacionales previstos, presentando el primer programa de actuación, acompañado de un estudio económico que acredite la suficiencia de esa dotación.-
Además, si la aportación fuera dineraria, puede hacerse un desembolso inicial del 25%, y el resto dentro de un plazo de cinco años, a contar desde la fecha de la escritura de constitución.-
Esta respuesta no es vinculante.-